Cuando termina la relación laboral con una trabajadora o trabajador de casa particular en Chile, uno de los puntos que más dudas genera es la indemnización por años de servicio. ¿Cuándo corresponde? ¿Cómo se calcula? ¿Hay diferencia entre puertas adentro y puertas afuera? Esta guía lo explica con ejemplos prácticos.

¿Cuándo corresponde indemnización por años de servicio?

La indemnización por años de servicio en el trabajo de casa particular corresponde cuando el empleador pone término al contrato por la causal del artículo 161 del Código del Trabajo ("necesidades de la empresa o del hogar", también llamado desahucio). No corresponde cuando el contrato termina por renuncia voluntaria, mutuo acuerdo o por causales imputables al trabajador (artículo 160).

Regla general: si tú como empleador decides terminar la relación sin causa imputable al trabajador, debes pagar indemnización. Si el trabajador renuncia, no pagas indemnización por años de servicio (pero sí el finiquito correspondiente).

¿Cuánto es la indemnización por años de servicio?

Conforme al artículo 163 del Código del Trabajo, la indemnización por años de servicio equivale a 30 días de la última remuneración mensual por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, con un tope de 11 años (es decir, máximo 330 días de remuneración).

Ejemplo práctico de cálculo

Caso: Trabajadora de casa particular que llevaba 3 años y 8 meses trabajando. Remuneración mensual: $400.000.

Las fracciones inferiores a 6 meses no se cuentan. Las fracciones de 7 meses o más sí se cuentan como un año completo.

¿Se incluye la habitación y alimentación en la remuneración para el cálculo?

Para trabajadoras puertas adentro, el Código del Trabajo establece que la habitación y alimentación proporcionada por el empleador se considera parte de la remuneración. Sin embargo, para efectos del cálculo de la indemnización, la ley fija que la remuneración a considerar es la remuneración en dinero. Consulta con la Inspección del Trabajo para el cálculo exacto en tu caso.

¿Qué más debe incluir el finiquito?

Además de la indemnización por años de servicio, el finiquito debe incluir:

¿Cómo formalizar correctamente la relación desde el inicio?

Para evitar problemas al momento del finiquito, lo más importante es tener el contrato de trabajo para casa particular firmado desde el primer día, registrar correctamente la fecha de inicio y mantener al día el pago de cotizaciones previsionales. Esos tres elementos son la base de cualquier cálculo de indemnización posterior.

Preguntas frecuentes

Sí, si el término es por la causal del artículo 161 (desahucio del empleador). La indemnización es de 30 días de remuneración por cada año de servicio y fracción superior a 6 meses, con un tope de 11 años.
No. La indemnización por años de servicio no corresponde cuando el trabajador renuncia voluntariamente. Sí corresponde el pago de los días de feriado proporcional no utilizados y las remuneraciones adeudadas.
Solo cuentan los 2 años completos, porque la fracción de 5 meses no supera los 6 meses. La indemnización sería de 60 días de remuneración (2 × 30 días).
Puedes consultar en la Inspección del Trabajo de tu comuna, que ofrece asesoría gratuita y tiene calculadoras en línea para estos casos. También puedes acudir a los Consultorios Jurídicos de las universidades.

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